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Nicaragua: La urgencia de una respuesta internacional



En el marco de los eventos acaecidos el 7 de noviembre en Nicaragua y la reciente denuncia de la Carta de la Organización de Estados Americanos, es de especial importancia que la comunidad internacional redoble sus esfuerzos en atender la situación del país mediante un mecanismo internacional de investigación y rendición de cuentas.


Las elecciones en Nicaragua evidenciaron el resultado de una campaña de debilitamiento sistemático de las instituciones nicaragüenses y un ejercicio carente de garantías democráticas. Latinoamérica y el mundo fueron testigos el arremete evidente a la oposición del régimen de Daniel Ortega, evidenciando una vez mas, la completa coaptación de las instituciones democráticas en el país. La presencia de un estado policial y las acciones en contra de cualquier tipo de oposición, en conjunto con el evidente abstencionismo, evidencia la crítica situación que vive el país.


Las violaciones a derechos humanos por parte del Estado han sido constantes y en aumento, criminalizando y deteniendo a quienes promueven la protección del estado de derecho y el respeto a los derechos humanos. Según el Mecanismo Especial de Seguimiento para Nicaragua (MESENI) de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, existen 139 personas detenidas arbitrariamente y la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos reporte el cierre de 45 ONGs el 28 de julio y el 26 de agosto de 2021, según la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.


En razón de las evidentes y continuadas violaciones, el Consejo de Derechos Humanos adoptó en marzo de 2021 la resolución 46/2 respecto a la promoción y protección de los derechos humanos en Nicaragua. Sin embargo, el Gobierno nicaragüense no ha mostrado ninguna intención de reanudar una cooperación significativa con la comunidad internacional. La expulsión del país de la presencia de mecanismos de derechos humanos de la ONU y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, son parte de las acciones del Estado en debilitamiento de la protección de los derechos humanos en el país. Durante la sesión del Consejo, el representante del Estado evitó abordar cualquier preocupación sustancial, en lugar de rechazar todas las críticas como “intervencionistas y supremacistas”. También se negó a responder a las preguntas formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR) durante su examen en septiembre.


Es importante señalar que la resolución 46/2 del Consejo de Derechos Humanos indica que el mismo “Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión y estudiar todas las medidas que puede adoptar el Consejo de Derechos Humanos para reforzar la promoción y protección de los derechos humanos en Nicaragua y la cooperación con la Oficina del Alto Comisionado.”


En atención a este compromiso, el Colectivo 46/2, una coalición de 18 organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos hace un llamado a la comunidad internacional y en específico al Consejo a la creación de un mecanismo especial de investigación y rendición de cuentas.


El Colectivo ha monitoreado la implementación por parte del gobierno nicaragüense de las 14 recomendaciones dirigidas a él en la resolución 46/2 adoptada por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en marzo de 2021. Los Marcos de Evaluación, evidencian que el Estado, no solo no ha tomado medidas para cumplir con sus obligaciones, si no que continúa actuando contrario a sus obligaciones internacionales y de derechos humanos.


El llamado a un mecanismo tiene el objetivo de permitir la investigación de denuncias de graves violaciones de derechos humanos desde abril de 2018, así como las causas estructurales de la crisis en el país. El mecanismo debe tener el mandato de verificar los hechos de las presuntas violaciones graves de los derechos humanos, y de recopilar y preservar las pruebas con el fin de garantizar que los autores de violaciones o abusos del derecho internacional de los derechos humanos rindan cuentas y puedan ser llevados ante la justicia en el futuro. El mecanismo también debe estar compuesto por al menos tres expertos independientes, y contar con la asistencia técnica y los recursos financieros necesarios para cumplir su mandato.


Además, esta resolución debe mantener también el mandato de supervisión de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos, para garantizar que su Oficina tiene capacidad suficiente para seguir recopilando y documentando la información existente sobre todos los aspectos de la crisis de derechos humanos en el país.


En el marco de los eventos acaecidos recientemente, es de especial importancia que la comunidad internacional redoble sus esfuerzos en atender la situación de Nicaragua.

Editorial elaborado por Mariel Merayo, Coordinadora para Latinoamérica del CCPR

Publicado en www.laprensa.com.ni

 
 
 

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